Base de cálculo, Base imponible, Base liquidable, Bastanteo, Bienes inmuebles, Bienes inmuebles rústicos, Bienes inmuebles urbanos, Bienes mostrencos
Base de cálculo:
es el número de días que se utiliza para calcular los intereses de un préstamo; como éstos están expresados en porcentaje, el número de días se normaliza multiplicando por 100. Por ello, la base de cálculo debería ser 36.500 (año natural) aunque se suele utilizar 36.000 (año comercial). No problema, lo hace el ordenador.Base imponible:
es la cantidad sobre la que se aplica un impuesto. Por ejemplo, la base imponible del IBI sería el valor del piso sobre el que recae el impuesto. En la declaración de la renta (IRPF), la base imponible es la renta disponible del chorbo.Base liquidable:
sale como resultado de aplicar reducciones a la base imponible. Las reducciones son unos conceptos por los cuales se beneficia a un determinado individuo por actividades que realiza, por ejemplo, hacerse un plan de pensiones o gastarse pasta en reformar su vivienda habitual. Para el gobierno eso son cosas buenas que merecen que el tío pague menos en su declaración, por eso, hace disminuir la base imponible con una reducción de tal cuantía (reglada por ley).Bastanteo:
declarar a una persona apta para realizar una acción que necesita un poder o documento para su formalización. Es un término bancario poco común en la vida real. Se utiliza cuando alguien figura como apoderado de otro alguien o una empresa. Es una confirmación de que ese poder es correcto y esa persona por tanto tiene capacidad para actuar en nombre del otro. Raro, raro, raro…Bienes inmuebles:
cosas que NO pueden llevarse de un sitio sin sufrir daño alguno. Se utiliza para el suelo y los edificios.Bienes inmuebles rústicos:
construcciones agrarias que sirven para el desarrollo agrícola. Mola que se paguen impuestos muy bajos por ellos, pero no mola que no te dejen hacerte tu casita en ese terreno del pueblo.Bienes inmuebles urbanos:
construcciones tales como edificios de viviendas o para uso industrial, así como todo terreno en el que se pueden hacer las mismas.Bienes mostrencos:
aquellos bienes que carecen de dueño por abandono, muerte del titular sin destino de la transmisión o por no haberlo tenido nunca.Volver arriba.
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