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Garantía real, Garantía hipotecaria, Gastos bancarios, Gastos deducibles, Gastos de notaría, Gestoría, Gravamen



Garantía real:

la que se sujeta en un bien mueble o inmueble para el cumplimiento de una obligación.

Garantía hipotecaria:

véase responsabilidad hipotecaria.

Gastos bancarios:

todas las comisiones que te cobra un banco cuando firmas una hipoteca. Lo normal es ir con antelación a diferentes sucursales y comparar estos gastos para elegir los más bajos. Sólo por la apertura ya te cobran.

Gastos deducibles:

cantidades que hacen disminuir la base imponible de un impuesto. La base imponible es la cantidad sobre la que se aplica el tipo de gravamen. Por ejemplo, si estás en un restaurante, la base imponible sería lo que te cuesta la cena, cuya cantidad se multiplica por 0.18 para obtener el IVA (18%) que se aplicará a la factura final. Un gasto deducible es aquel que haría que el precio de la cena disminuyese antes de multiplicar por 0.18, de manera que el IVA también disminuye. Esto no tiene sentido para el IVA pero sí para el impuesto sobre la renta. Los gastos que generan una reforma en tu vivienda, por ejemplo, son gastos deducibles en el IRPF, de manera que hacen la base imponible menor y a su vez la cantidad final a pagar.

Gastos de notaría:

pago que se debe hacer al notario para que te haga la escritura pública.

Gestoría:

una empresa que cobra por realizar servicios de carácter administrativo bastante memos que los podría hacer hasta un mono con un lápiz. Se aprovechan de nuestra vagancia.

Gravamen:

la cantidad de dinero que tienes que pagar en concepto de impuesto por realizar una actividad, cualquiera que sea.



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